Información legal

Código Ético

 

 1. Control de cambios:

1.1. Identificación y descripción:

 

TÍTULOCódigo Ético de GRUPO CLIKALIA 
ALCANCETodas las Sociedades del Grupo Clikalia  
DESCRIPCIÓNValores y pautas de conducta aplicables a todos los integrantes de la Compañía. 
AUTORPBC&Compliance  
REVISADO POR COMITÉ DE COMPLIANCE FECHA: 16/10/2023
APROBADO POR ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN FECHA: 16/10/2023

 

1.2. Registro de versiones

 

FECHAEDICIÓNREVISIÓNRESPONSABLEDESCRIPCIÓN DE CAMBIOS
19/07/2023 10PBC&Compliance Edición (1) inicial 
16/10/2023 20PBC&Compliance Edición (2) inicial 

 

2. Objetivo

El presente Código Ético (en adelante el “Código”) recoge los valores y principios que serán aplicables a la actividad de CLIKALIA GROUP (en adelante “CLIKALIA”).  

El Código ofrece unas pautas de comportamiento para que, con la diligencia e integridad debidas, las personas integrantes de Clikalia sean capaces de evitar o minimizar la posibilidad de que se den malas prácticas tanto en lo que afecta a los recursos utilizados como a la propia actividad desarrollada. 

 

3. Presentación de la organización

El Código Ético tiene como objetivo establecer la visión y los valores de una organización y servir de guía de actuación y comportamiento de personas trabajadoras y la dirección. El Código de Clikalia se instaura como el vértice de la normativa interna y de respeto a los valores sociales y al cumplimiento de la legalidad y de prevención de sus infracciones. Cualquier duda de interpretación y aplicación del resto de la normativa interna de Clikalia debe resolverse en base a los valores y principios establecidos en el presente Código y los procedimientos internos de Clikalia.  

Este Código recoge el compromiso de Clikalia con los principios de la ética empresarial y la transparencia en sus distintos ámbitos de actuación, estableciendo un conjunto de pautas de conducta dirigidas al comportamiento responsable y honesto de la administración, plantilla y dirección en el desempeño de su actividad. Asimismo, este documento parte del principio de debido control sobre personas administradoras, apoderadas, profesionales, trabajadoras y demás personas sometidas a su autoridad, con la finalidad de prevenir, detectar, reaccionar y corregir cualquier tipo de conducta irregular, tanto desde el punto de vista legal como ético.  

Para ello, el Código:  

  • Facilita el conocimiento y la aplicación de la cultura empresarial de Clikalia, firmemente asentada en el cumplimiento de los derechos humanos y sociales y en la efectiva integración en la compañía de todo el colectivo de personas trabajadoras, con respeto de su diversidad.  
  • Establece el principio de debida diligencia para la prevención, detección y erradicación de conductas irregulares, cualquiera que sea su naturaleza, comprendiendo, entre otros, el análisis de los riesgos, la definición de responsabilidades, la formación de las personas trabajadoras y, en su caso, otras relacionadas directamente con la compañía, y la formalización de procedimientos, en especial, para la notificación e inmediata eliminación de conductas irregulares.  
  • Tiene en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas, recogido en el ordenamiento jurídico de diversas jurisdicciones donde Clikalia opera, previene y proscribe la existencia de comportamientos que puedan determinar la responsabilidad de la compañía entre sus representantes legales, administración, personas trabajadoras o por cualquier otra persona que esté sometida a la autoridad del personal de la compañía. 

 

4. Personas destinatarias

El Código va dirigido a todas aquellas personas que forma parte de Clikalia sin importar el tipo de contrato que tengan, la posición que ocupen o las funciones que desarrollen.  

Todas aquellas personas quedan obligadas por igual a conocer y cumplir el presente Código y a colaborar en su correcta implantación.

Clikalia promoverá entre sus empresas proveedoras la adopción de pautas de comportamiento coherentes con las que se definen en este Código.  

La aplicación del Código podrá extenderse contractualmente a cualquier otra persona física o jurídica que mantenga relaciones comerciales y de colaboración y participación con Clikalia cuando, por el objeto de dicha relación, sus actividades puedan afectar a la reputación de la Compañía. 

 

5. Funciones de las personas implicadas

5.1. Órgano de Gobierno: Órgano de Administración 

La involucración activa del Órgano de Gobierno es indispensable para transmitir a todos los interesados un mensaje claro, de palabra y acción, que Clikalia cumplirá con sus obligaciones, sirviendo así de ejemplo para todos.

Por ello, se asegurará que se asignen los recursos necesarios para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener y mejorar la Cultura de Cumplimiento en el seno de Clikalia y el cumplimiento en concreto del presente Código y de su propio Compromiso en materia de cumplimiento normativo.  

Adoptará valores que fomenten la Honestidad, Compromiso, Profesionalidad, Discreción, Responsabilidad y Transparencia.

Se espera que preste la máxima atención al cumplimiento de los valores y principios de este Código tanto en sus propias acciones como por parte de las personas trabajadoras que estén bajo su dirección, y que demuestre, en todas sus actuaciones, un compromiso claro y proactivo con sus objetivos.

Asimismo, habrá de fomentar un ambiente en el cual, tanto las personas trabajadoras como sus familias o personas que de ellos dependan, se sientan en libertad para expresar sus preocupaciones sin temor a represalias y participar activamente en la gestión y resolución de incidentes y cuestiones relacionadas con el cumplimiento del Código.  

 

5.2. Dirección general y Direcciones área

La Dirección General y las Direcciones de área han de demostrar su liderazgo y compromiso respecto del cumplimiento del presente Código Ético y ser un modelo para las personas trabajadoras.  

Se espera de ellos que presten la máxima atención al cumplimiento de los valores y principios de este Código, tanto en sus propias acciones como por parte de las personas trabajadoras que estén bajo su dirección.  

Asimismo, habrán de fomentar un ambiente en el cual las personas trabajadoras se sientan en libertad para expresar sus preocupaciones sin temor a represalias y participar activamente en la gestión y resolución de incidentes y cuestiones relacionadas con el cumplimiento del Código Ético.  

 

5.3. Personas trabajadoras

Las personas trabajadoras han de comprometerse con los valores y principios recogidos en el Código y se espera de ellas que desempeñen las funciones que les hayan sido asignadas siguiendo en todo momento las políticas, procedimientos y procesos establecidos y aprobados.

Asimismo, se espera de las personas trabajadoras que participen en aquellas iniciativas formativas que le sean propuestas o incluso que propongan acciones formativas que puedan ser de interés general para todos en materia de Cumplimiento Normativo.  

Por último, las personas trabajadoras han de sentirse con la libertad y confianza suficientes para informar sobre preocupaciones, cuestiones o fallos en el sistema, ya sea dirigiéndose directamente a su superior o a través del canal ético. Han de ser una fuente de opinión para Clikalia con el objetivo de la mejora continua.  

 

6. Compromisos y pautas de conducta

Todas las personas implicados en el cumplimiento de este Código se comprometen a cumplir y respetar en todo momento la normativa legal vigente en todos sus ámbitos de actuación y, en particular, en determinados ámbitos que aquí se relacionan.  

 

6.1. Descubrimiento y revelación de secretos. Protección de Datos Personas y daños informáticos. 

Para Clikalia la confidencialidad supone un pilar importante en su actividad.  

Se establece para todas las personas integrantes de Clikalia, que tengan acceso a datos personales y demás información de la actividad, la obligación de cumplir con el deber de secreto y el compromiso de confidencialidad.  

Clikalia tratará aquellos datos personales que sean necesarios para la correcta prestación de sus servicios respetando la normativa de aplicación en materia de protección de datos y, en especial, lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDgdd).

Para ello, todas las personas con acceso a datos personales u otro tipo de información interna relativa a la actividad habrá de respetar y cumplir todas aquellas medidas técnicas y organizativas que se hayan implantado.  

Clikalia únicamente deberá tratar datos personales para fines legítimos y con el consentimiento informado del titular de estos salvo las excepciones legalmente previstas. Asimismo, deberán cumplirse las medidas de seguridad establecidas para la protección de estos datos evitando así su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.  

Se deberán cumplir los procedimientos y normas internas establecidas principalmente en materia de protección de datos de carácter personal. Toda información confidencial a la que se tenga acceso deberá ser protegida con el fin de evitar que pueda ser conocida por personas ajenas a Clikalia ya sea por acción intencionada o negligencia.  

Clikalia guardará, por tiempo indefinido, la máxima reserva y no divulgará ni utilizará, directamente ni a través de terceras personas o empresas, la información a la que tenga acceso. Estas obligaciones subsistirán aun cuando finalice la relación del obligado con Clikalia.

Por otro lado, todo el personal de Clikalia se compromete a no realizar sabotajes o actuaciones que obstaculicen el funcionamiento de los sistemas informáticos de la empresa ni de terceros a los que tengan acceso (como plataformas de organismos públicos, entidades bancarias, entre otros), así como a no utilizar los mismos para cometer actos ilegales contra la intimidad o infringir las directrices de no discriminación, acoso en el trabajo o cualquier otra razón ajena al uso lógico en los puestos de trabajo.  

Los sistemas informáticos de la empresa no se utilizarán de forma abusiva, ni para fines personales o actuaciones que pudieran afectar a la reputación de Clikalia. 

 

6.2. Patrimonio y actuación socioeconómica

Clikalia defiende en todo momento una actuación responsable encaminada a preservar y proteger su propio patrimonio como elemento básico de su actividad.  

El personal de Clikalia habrá de actuar en todo momento con transparencia en la gestión económica con el fin de evitar la comisión de irregularidades tales como apropiación indebida, estafa o que permitan situaciones de insolvencia.  

En su contacto con sus clientes, Clikalia establece condiciones de comportamiento responsable encaminadas a ofrecer en todo momento transparencia y calidad del servicio.  

El Órgano de Administración, y el personal dedicado a laborales contables o financieras habrán de respetar en todo momento los oportunos protocolos de rendición de cuentas, permisos de disponibilidad de medios económicos y cualquier otro medio de control económico.  

 

6.3. Anticorrupción

Clikalia lucha contra la corrupción en cualquiera de sus formas.  

La organización “Transparencia Internacional” define la corrupción como “el abuso de poder para beneficio propio”. La corrupción puede materializarse de diferentes maneras como pueden ser el soborno (“ofrecimiento o recepción de cualquier regalo, préstamo, honorario, recompensa u otra ventaja para o de cualquier persona como una forma de inducir a que se haga algo deshonesto o ilegal en la conducta de la gestión de una empresa”) o la extorsión (“utilizar de manera directa o indirecta el propio acceso a una posición de poder o a una ventaja en la información para exigir injustificadamente a otros colaboración o dinero mediante amenazas coercitivas”).  

Clikalia rechaza cualquier práctica en su seno que pueda considerarse corrupción, ya sea en el ámbito privado como en el público, así como cualquier pago ilegal.  

Para ello, se ha aprobado una Política Interna en materia de Anticorrupción que será de obligado cumplimiento para todas las personas interesadas como complemento al presente Código.   

 

6.4. Propiedad intelectual e industrial

Las personas trabajadoras de Clikalia deben respetar los derechos de propiedad intelectual e industrial propia y ajena que incluye, entre otros, derechos de patentes, marcas, nombres de dominios, derechos de reproducción (incluso los derechos de reproducción de software), derechos de diseños, de extracción de bases de datos o sobre conocimientos técnicos especializados.

Queda expresamente prohibida la utilización de obras, creaciones o signos distintivos de propiedad intelectual o industrial de terceros sin la constancia de que Clikalia dispone de los correspondientes derechos y/o licencias.  

Sólo se usarán en acciones de marketing y publicidad aquellas marcas, imágenes y textos relativos a Clikalia debidamente autorizados.

En su relación con terceras personas, Clikalia seguirá escrupulosamente las normas y procedimientos en lo que se refiere a la protección de la propiedad intelectual e industrial para evitar infringir los derechos.  

 

6.5. Obligaciones con Hacienda y Seguridad Social

Con el objeto de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos tal y como marca el artículo 31 de la Constitución Española, Clikalia se compromete al cumplimiento de la legalidad vigente en todos los ámbitos de su actividad respecto de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social, rechazando cualquier tipo de fraude.

En relación con las obligaciones tributarias, Clikalia, con la colaboración de sus personas trabajadoras, se compromete a: 

  • Reducir los riesgos fiscales significativos y prevenir aquellas conductas susceptibles de generarlos.  
  • Evitar la utilización de estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias, entendiéndose por tales aquellas en las que, mediante la interposición de sociedades instrumentales a través de paraísos fiscales o territorios no cooperantes con las autoridades fiscales, estén diseñadas con el propósito de impedir el conocimiento, por parte de la Agencia Tributaria, del responsable final de las actividades o el titular últimos de los bienes o derechos implicados.  
  • Colaborar con la Agencia Tributaria en la detección y búsqueda de soluciones respecto a aquellas prácticas fiscales fraudulentas que puedan desarrollarse en los mercados en los cuales tenga presencia Clikalia, para erradicar las ya existentes y para prevenir su extensión.  

 

6.6. Transparencia contable, económica y prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.  

Clikalia asume la obligación de ofrecer una imagen fiel de su situación económica y financiera, manteniendo la transparencia en sus cuentas anuales y demás documentos contables.  

Así, el personal de Clikalia, especialmente el personal dedicado a labores administrativas, contables y financieras habrá de actuar con total transparencia en la gestión económica de la empresa, cumpliendo en todo momento las obligaciones relativas a la rendición de cuentas, permisos de disponibilidad de medios económicos y cualquier otro medio de control económico.  

Bajo ningún concepto se falseará la información económica y financiera y/o realizarán acciones tendentes a: 

  • No llevar contabilidad mercantil, libros y registros fiscales.
  • Llevar contabilidades distintas que, referidas a una misma actividad y ejercicio económico, oculten o simulen la verdadera situación de las empresas.
  • No anotar en los libros obligatorios negocios, actos, operaciones o, en general, transacciones económicas, o los hubiese anotado con cifras distintas a las verdaderas.
  • Practicar en los libros obligatorios anotaciones contables ficticias. 

Por otro lado, en prevención de irregularidades en los pagos y el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o delitos de contrabando, queda prohibido recibir o transmitir bienes sabiendo que proceden de una actividad delictiva, cometida por él o por tercera persona, o realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir el origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción a eludir las consecuencias legales de sus actos.

Por ello, queda totalmente prohibido: 

  • Aceptar el pago efectuado a sabiendas del origen ilícito del dinero.
  • Aceptar pagos en metálico, cheques al portador o divisas en condiciones inusuales o no acordadas en contrato que resulten provenir de una actividad delictiva.
  • Establecer relaciones comerciales, tanto a nivel nacional como internacional, con empresas que no proporcionen información adecuada de su legalidad.
  • Realizar operaciones de importación, exportación, comercio, tenencia o circulación de géneros prohibidos o protegidos.  

 

6.7. Defensa del Mercado

Clikalia compite en el mercado de manera leal, y no admite que sus personas trabajadoras actúen de forma engañosa, fraudulenta o maliciosa.  

Con ese fin, en el desarrollo de las actividades comerciales, Clikalia promociona sus servicios sobre la base de estándares objetivos y transparentes, evitando informaciones equivocas, ambiguas o poco rigurosas que puedan inducir a error. Se propicia así la transparencia y la información veraz, oportuna y adecuada. 

 

6.8. Derechos laborales

Clikalia respeta los derechos laborales reconocidos por Ley a todo su personal en relación con los derechos sindicales, condiciones laborales dignas y contractualmente reguladas conforme a las leyes de aplicación tanto a personal nacional como extranjero.  

En relación con la contratación de personal con nacionalidad no perteneciente a un país de la UE, se respetarán todo momento sus derechos, pero también las obligaciones en cuanto a comprobar los oportunos permisos de entrada a la UE o de trabajo.  

Queda totalmente prohibida cualquier forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción. El empleo ofrecido por Clikalia siempre será promovido libremente y las personas trabajadoras tendrán plena libertad para renunciar según la normativa aplicable sin que se le obligue a permanecer en la empresa de manera forzada o bajo coacción.  

Asimismo, quedan totalmente prohibidas las prácticas de discriminación en el empleo y la ocupación por razón de raza, color, sexo, religión, opiniones políticas, nacionalidad de origen, extracción social o discapacidad física o mental.  

Los procesos de selección se realizarán en función de la capacidad para realizar el trabajo ofertado sin distinción, exclusión o preferencias basadas en otras cuestiones.  

Queda igualmente totalmente prohibido, y será sancionado en caso de detectarse, cualquier tipo de acoso en el ámbito laboral. A estos efectos, todos los miembros de Clikalia están obligados a conocer y cumplir el Protocolo materia de prevención del Acoso Sexual y el Protocolo en materia de prevención del Acoso Laboral, que son complementarios al presente Código.  

Clikalia apoya la erradicación del trabajo infantil que se ha de considerar como una forma de violación de los Derechos Humanos, así se ha establecido como edad mínima para la ocupación de un puesto de trabajo o realizar algún tipo de actividad como pueden ser prácticas en la empresa haber cumplido los 18 años (o que dispongan de la obligatoria autorización parental, de conformidad a la legislación vigente). 

 

6.9. Salud y Seguridad en el trabajo.  

La Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece el principio de protección de las personas trabajadoras respecto de las enfermedades y de los accidentes del trabajo.  

Clikalia cumple con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y para ello se ha recurrido a una empresa especializada como Servicio de Prevención Ajeno para la identificación de los riesgos asociados a la actividad y la gestión de posibles contingencias.  

Las personas trabajadoras están obligadas al cumplimiento de las normas y medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales con el fin de lograr un entorno de trabajo saludable. En ese sentido, queda terminantemente prohibida la presencia en el lugar de trabajo de cualquier persona que se encuentre bajo los efectos de la droga, alcohol o sustancias alucinógenas, así como ingerirlas y/o consumirlas durante la jornada laboral.

En caso de detectar nuevas situaciones de riesgo para su salud o seguridad, el personal habrá de ponerlo en conocimiento de la Compañía quien a su vez lo comunicará al Servicio de Prevención.  

 

6.10 Derechos Fundamentales y Libertades Públicas.  

El Artículo 10 de la Constitución Española establece que “1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.”

Por su parte, la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

“Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH).

Clikalia apoya y respeta la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales.  

Quedan totalmente prohibidas manifestaciones u acciones de cualquier tipo que fomenten o promuevan en la empresa el odio, hostilidad, discriminación o violencia contra las personas por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad. 

 

6.11. Compromiso con la Protección del Medio Ambiente.  

El artículo 45 de la Constitución Española establece que todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

Clikalia se compromete a mantener un enfoque preventivo que favorezca la conservación del medio ambiente.  

Las personas trabajadoras están obligadas a seguir los procedimientos existentes en la materia y a cumplir con las leyes y regulaciones medioambientales que les afecten en el ejercicio de sus funciones en aquellas actividades que pudieran suponer un alto riesgo para los recursos naturales y el medio ambiente.  

Gestionando correctamente los riesgos medioambientales, Clikalia pretende reducir el impacto medioambiental de sus servicios. 

 

6.12. Actuación ante órganos de la inspección.  

Todo el personal de Clikalia está obligado a colaborar en todo momento con aquellos órganos de inspección que pudieran requerir información en el marco de un expediente o inspección sobre la actividad de la empresa.  

Las inspecciones más habituales provendrán de organismos de Agencia Tributaria, Trabajo, Banco de España, Agencia Española de Protección de Datos u otros organismos supervisores del sector en cuyo ámbito presta sus servicios Clikalia.

Por ello ante una inspección, debemos: 

  • Una vez tengamos aviso de la visita o llegada de la inspección, nos aseguraremos de que ese día estarán presentes todos las posibles personas implicadas en poder atender adecuadamente a sus requerimientos.
  • El día de la Inspección, se colaborará en todo momento con la inspección.
  • Se evitará cualquier maniobra que dilate, dificulte u obstaculice la acción inspectora.  
  • Toda entrega de información o decisión que se tome deberá contar con visto bueno del Órgano de Administración que serán los únicos autorizados a entregar documentación.  

 

6.13. Desempeño de una conducta profesional honesta.

Los criterios rectores a los que se ajustará la conducta de las personas trabajadoras serán la profesionalidad, la honestidad y el autocontrol en sus actuaciones y decisiones: 

  • Profesionalidad, es la actuación diligente, responsable, eficiente, transparente y observando las reglas de la buena fe, enfocada a la excelencia en los resultados.  
  • Honestidad, consistente en la actuación leal, honrada, íntegra, de buena fe, objetiva y alineada con los intereses de la Sociedad, sus valores y el Código Ético.  
  • Autocontrol en las actuaciones y la toma de decisiones, implica que cualquier actuación que realicen las personas trabajadoras se asiente sobre cuatro premisas básicas:  
    • Actuación éticamente aceptable.  
    • Actuación legalmente válida.  
    • Actuación deseable para la Sociedad.  
    • Que la persona trabajadora esté dispuesta a asumir la responsabilidad sobre ella.  

En el caso de relaciones íntimas o análogas entre personas trabajadoras, en todo caso, cuando una de las implicadas tuviera que adoptar decisiones que pudiesen afectar directa o indirectamente sobre la otra, deberá abstenerse y delegar su decisión a su superior directo.  

 

6.14. Conflictos de interés.

Las personas trabajadoras de Clikalia deberán evitar cualquier tipo de situación que puedan suponer un conflicto de intereses personales y los de la compañía. No podrán valerse de su posición en la compañía para obtener ventajas patrimoniales o personases, ni oportunidades de negocio propias.  

Cualquier tipo de situación que pueda suponer un conflicto de interés deberá ponerse en conocimiento al Comité de Compliance.  

 

7. Publicidad del Código.

El presente Código se hará llegar a todas las personas interesadas y estará disponible a través de la página web de https://clikalia.canalhelas.com/home, y en Personio.

El Código será objeto de las adecuadas acciones de comunicación, formación y sensibilización para su oportuna comprensión y puesta en práctica por parte de todos los implicados. 

 

8. Canal ético.

Todos los destinatarios del presente Código tienen la obligación de informar a su superior jerárquico o al Comité de Compliance de cualquier incumplimiento o mala práctica que pudieran observar en el en el desempeño de sus actividades profesionales.

Con el objetivo de favorecer la interacción con todas las personas implicadas, se establece como vía de comunicación la utilización del Canal Ético de Clikalia, como canal de comunicaciones o alertas, sugerencias o consultas en todo lo relacionado con la prevención y detección del delito en la empresa, a través de: 

https://clikalia.canalhelas.com/home

El Canal es una herramienta de comunicación, accesible a todas las personas trabajadoras, clientes, proveedores y otras terceras, por el que alertar o comunicar irregularidades, incumplimientos y comportamientos contrarios a la ética y la legalidad.

Todas las partes interesadas, tanto internas como externas, podrán y deberán poner de manifiesto cualquier comportamiento o actuación delictiva o que contravenga la legislación vigente o las normas internas de la empresa.  

A través de este canal se podrá informar de posibles conductas irregulares como, por ejemplo:  

  • Actuaciones irregulares relacionadas con clientes.
  • Desvío de recursos.
  • Soborno y corrupción.
  • Aspectos contables y de auditoría.
  • Confidencialidad o uso indebido de información de la empresa o de clientes.
  • Conflictos de intereses.
  • Acoso laboral, discriminación o malos tratos.
  • Vulneración de derechos de las personas trabajadoras. 

Todas aquellas personas que de buena fe utilicen este canal estarán protegidas contra cualquier tipo de discriminación y penalización por motivo de las comunicaciones que hagan. No obstante, es de subrayar que las denuncias falsas o difamatorias podrán ser objeto de sanción disciplinaria o denuncia.

No se divulgará la identidad del alertador/comunicante a terceras personas, ni a la persona presuntamente implicada, a excepción de que sea necesaria su divulgación a las personas pertinentes implicadas en cualquier investigación posterior o procedimiento judicial que se abra como consecuencia de la investigación llevada a cabo.

Las personas trabajadoras también podrán comunicar cualquier incumplimiento o mala práctica que pudieran observar en el en el desempeño de sus actividades profesionales a través de: 

etica@clikalia.com

 

9. Sistema disciplinario.  

En caso de detectarse un incumplimiento de las normas de conducta establecidas en el presente Código Ético, y una vez investigados y evaluados los hechos, se actuará de forma inmediata y se adoptarán las medidas disciplinarias que procedan en el ámbito laboral y que serán independientes de cualquier otro procedimiento judicial que pueda dirigirse contra el implicado.  

En caso de que existan suficientes indicios de la existencia de un delito, los hechos serán igualmente comunicados a la autoridad competente (fiscalía y demás órganos judiciales).  

El Régimen Disciplinario queda configurado por la legislación laboral vigente aplicable y, en especial, por el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo de aplicación en razón su actividad y sector, esto es el Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria 

 

10. Comité de cumplimiento.  

Clikalia decide la designación de un Comité de Compliance, cuya principal función, entre otras, será el control del correcto desarrollo e implementación de las pautas de conducta establecidas en el presente Código.

El Comité de Cumplimiento velará por el respeto de lo dispuesto en el Código Ético de Clikalia. Así, tratará los conflictos que puedan surgir en relación con el mismo y establecerá planes de acción para solventarlos y salvaguardar la cultura ética.

Los interesados pueden ponerse en contacto con el Comité de Cumplimiento a través del propio canal ético.  

 

11. Aprobación y entrada en vigor.  

El Código Ético es aprobado por el Órgano de Administración entra en vigor en el día de su publicación y estará vigente en tanto no se apruebe su anulación.